1. En América Latina la estrategia de la globalización fue impuesta por los tal llamados ajustes estructurales
Los ajustes estructurales se refirieron especialmente a tres dimensiones de la sociedad:2. Los derechos humanos y la eliminación de las distorsiones del mercado
Hay muchas distorsiones del mercado que se van descubriendo. Aquí, no obstante, nos interesan aquellas que son relevantes para el enfoque de los derechos humanos. El resultado es que los derechos humanos, en cuanto éstos surgen de la afirmación del ser humano como ser natural, son en su totalidad distorsiones del mercado a la luz del perfeccionamiento del engranaje de este mercado en el proceso de globalización actual. Aparece un choque entre los derechos humanos y la lógica del proceso de globalización. Este choque hoy se hace evidente. Pero ocurre en una sociedad que habla de los derechos humanos más que cualquier sociedad anterior. El mismo imperio, las grandes empresas, toda la opinión pública y publicada giran alrededor de la afirmación de los derechos humanos. Todos están preocupados de los derechos humanos. Hay una escisión evidente dentro de las concepciones de los derechos humanos. El imperio globalizado habla de los derechos humanos, pero también los afectados —los perdedores del proceso de globalización— hablan de ellos. Sin embargo los derechos humanos aparecen con una acentuación bien diferente en ambos casos. La actual estrategia de la globalización entiende los derechos humanos como derechos del poseedor del propietario. Puede basarse para ello en una tradición larga que proviene de las declaraciones de los derechos humanos del siglo XVIII: la declaración americana de EE. UU. y la declaración de la Revolución Francesa. Se trata de derechos humanos que se ubican dentro de un mundo pensado a partir del mercado, los cuales formulan los derechos del propietario en el mercado y para tener el mercado. La relación mercantil es su centro. No reducen al individuo a participante del mercado. No obstante, piensan éste como un ámbito de libertad natural. Por consiguiente, jamás reclaman y pueden reclamar derechos humanos frente al mercado. Se orientan a derechos frente al Estado. Pero, de esta manera, resultan derechos humanos que no son exclusivos de los seres humanos. Se trata de derechos que se refieren tanto a personas jurídicas como a personas llamadas "naturales". Aparecen, por ende, derechos humanos de simples categorías colectivas, que a la vez son derechos humanos de personas naturales. De este modo, la empresa aparece como sujeto de derechos humanos tanto como los seres humanos mismos, y aparece la tendencia a reducir los derechos humanos claves a derechos que los seres humanos tienen en común con las colectividades privadas. Al ser a la vez derechos humanos de personas y de colectivos privados, no pueden ser sino derechos del ser humano como propietario. En consecuencia, surge la tendencia a identificar los derechos humanos y los derechos del propietario, aunque el punto de partida de esta concepción sea el individuo autónomo inserto en el mercado sin reducirse a él. A partir de esta concepción de los derechos humanos se explica el hecho de que los grandes colectivos del gran capital reclaman hoy derechos humano ^ siendo ellos los verdaderos portadores de estos derechos. Evidentemente, en sentido estricto no se trata de derechos humanos. Estos, como derechos exclusivos de los seres humanos, aparecen en reacción a los derechos del propietario. Emergen en medio de un conflicto que ya es notorio en la Revolución Francesa Esta no mata solamente al rey y los aristócratas, sino también a los primeros representantes de los derechos humanos del ser humano mismo: Olympe de Goughes, la mujer feminista, y Babeuf, el hombre de la igualdad obrera. Son esos derechos los que de ahora en adelante promueven la emancipación humana. Aparecen aquí derechos humanos que no son derechos de colectividades, sino de seres humanos exclusivamente. Las personas jurídicas no son ninguna instancia para reclamarlos. Se trata de aquellos derechos humanos que se derivan del reconocimiento del ser humano como un ser corporal o como ser natural. Derechos humanos que se refieren a la integridad corporal (en relación a la tortura y a la muerte violenta), a la satisfacción de las necesidades (trabajo, alimentación, techo, educación, salud), y al reconocimiento en cuanto género, etnia y cultura. Se trata de derechos humanos que resultan de la subjetividad del ser humano, y que entran en conflicto con su reducción al individuo, al propietario y al Yo. Estos derechos humanos se hacen presentes durante el siglo XIX y el XX, y marcan las grandes declaraciones de derechos humanos de este tiempo, sobre todo la declaración de la Organización de las Naciones Unidas. Es notable que EE. UU jamás haya ratificado ninguna de las convenciones de derecho:? humanos que incluyen estos derechos específicamente humanos. La estrategia de la globalización ha revertido este desarrollo de la concepción de los derechos humanos Estos sobreviven en declaraciones sin substancia, mientras todo el poder vuelve a insistir en los derechos humanos como derechos del propietario y por tanto, como derechos que se refieren a colectivos y no al ser humano en su especificidad. La actual insistencia del Imperio en los derechos humanos remite casi de manera exclusiva a tales derechos del propietario. Son los perdedores de la estrategia de la globalización, quienes siguen insistiendo en derechos humanos del ser humano mismo. Son los derechos humanos del ser natural y corporal humano: del cuerpo hablante. Una persona colectiva desde luego no puede hacer presentes tales derechos humanos, por la simple razón de que no tiene cuerpo. No es un ser natural. Sin embargo, la estrategia de la globalización pasa por encima de estos derechos humanos, porque su validez se encuentra en un conflicto directo e inmediato con esta estrategia. Desde el punto de vista de las empresas que operan transnacionalmente, los derechos humanos, como derechos de seres humanos corporales, no son más que distorsiones del mercado. Ellas operan y calculan a nivel mundial, y para ellas el mundo entero es el espacio en el cual aparecen las distorsiones del mercado. La exigencia de la apertura para los flujos financieros y de mercancías, para la disolución del Estado en sus funciones económicas y sociales y la flexibilización del trabajo, son consecuencia de estas operaciones mundiales de las empresas transnacionales. De esto precisamente se sigue que la eliminación de tales distorsiones del mercado lleva a la anulación de los derechos humanos. No todas las distorsiones del mercado son producto del reconocimiento de los derechos humanos, pero tendencialmente toda defensa de los derechos humanos, como derechos de seres humanos corporales, aparece como distorsión del mercado. Por eso, la eliminación indiscriminada de las distorsiones del mercado desemboca por una lógica implícita en la distorsión de los propios derechos humanos. Eso vale en el grado en el cual la eliminación de estas distorsiones del mercado se lleva a cabo en nombre de un principio general, como es el caso del proceso de globalización. No obstante, la política de la eliminación de las distorsiones se presenta ahora como simple aplicación de una técnica. En consecuencia, la transformación de la economía en guerra económica, y la siguiente transformación de la competitividad en valor único y superior, están destruyendo y eliminando todos los derechos humanos en nombre de los derechos del mercado, que son derechos vigentes en el mercado y solamente en él. Los derechos del mercado sustituyen a los derechos humanos. Esto explica por qué nuestra sociedad sigue hablando tanto y con tanta intensidad de los derechos humanos. De hecho, se trata ahora casi de forma exclusiva de derechos del mercado y en el mercado. Por tanto, se trata de derechos que puede tener tanto el individuo natural como la persona jurídica colectiva (por ejemplo las empresas y las corporaciones, es decir, instituciones). Sin embargo, al reducir la persona humana a un individuo con los mismos derechos como personas jurídicas colectivas, esta persona pierde el carácter de persona, esto es, de un ser corporal hecho persona. Lo que se presenta hoy en la estrategia de la globalización como derechos humanos son, por ende, derechos como los que tienen estos personajes colectivos como Mercedes, Siemens, Toyota y Microsoft. Los derechos en el mercado que ellos pretenden, los imponen a la sociedad actual como los únicos "derechos humanos" válidos. Por consiguiente, su derecho de eliminar las distorsionares del mercado , y con ellas los derechos humanos de las personas corporales, es impuesto como la esencia de todos los derechos humanos. Los pretendidos "derechos humanos" de las personas jurídicas y colectivas eliminan los derechos humanos de las personas humanas corporales. La pregunta que surge entonces es, ¿tiene Microsoft derechos humanos? ¿O tienen los seres humanos derechos humanos cuya validez es necesario imponer frente a Microsoft? ¿Tiene la CNN derechos humanos, o tienen los seres humanos derechos humanos frente a la CNN? De hecho, en su lógica, los derechos de personas colectivas devoran a los derechos humanos de la persona humana como ser corporal y ser natural, el cual es parte de toda la naturaleza. Tenemos que enfrentar un conflicto entre los derechos humanos y los derechos colectivos de instituciones, y asegurar que los derechos humanos sean respetados de parte de estas personas jurídicas y colectivas. Los derechos humanos son una nueva ampliación del Habeos corpus frente a los derechos de colectivos, que pretenden sustituir a estos derechos humanos. Todo ocurre como en la película Parque Jurásico. Había muchos dinosaurios bien limitados en su espacio de actuar, y los seres humanos podían pasearse con tranquilidad para observarlos. Para los dinosaurios se trataba evidentemente de una distorsión de la competencia, a pesar de que esta situación para los seres humanos dio el ambiente de seguridad con el resultado de que su posibilidad de vivir no era distorsionada. Sin embargo, con el huracán de la globalización cayeron todas estas distorsiones para los dinosaurios. El tirannosaurus rex podía moverse ahora sin ser distorsionado en su libertad, y el velocirraptor lo podía asaltar también con libertad. Por fin eran global players. Pero ahora estaba distorsionada la vida de los seres humanos. Perdieron todas sus defensas. En la película había un helicóptero en el cual podían fugarse, y por tanto se podían escapar. Pero sólo que en nuestra realidad no existe tal helicóptero en el cual podríamos escapar. Tenemos que defendemos en el terreno. Si no lo hacemos, no nos espera un helicóptero de salvación sino el viaje del Titanic. La gran creación de mitos de la fábrica de Hollywood ha creado mitos bastante realistas. En ninguna parte se han podido sacar las consecuencias de la estrategia de la globalización de una forma tan extrema y radical como ocurrió en el Tercer Mundo. En ninguna parte hay tantas víctimas. Pero no debemos equivocamos. El Primer Mundo no va a ayudar, sino que es precisamente el punto de partida del proceso. No obstante está llegando también allí. El futuro del Primer Mundo lo podemos ver en el Tercer Mundo. Se hace visible en el Tercer Mundo. No es al revés, como pensaba la ideología del progreso desde hace más de doscientos años. Los Pinochets que mandaron aquí, los tendrán allá igualmente. Aparecerán en nombre de los derechos humanos. Eso lleva a una extrema reducción los derechos humanos del siglo XVIII, a los derechos del propietario, reducción que ocurre muy explícitamente en las concepciones de estos derechos en los años sesenta y setenta. Son los teóricos de los propriety rights y del public choice en EE. UU., quienes la realizan con un simplismo sin igual. En estas teorías, todo espacio de autonomía del individuo que no se pueda derivar de algún cálculo de mercado, se suprime. Los derechos del mercado y los derechos humanos están identificados por completo . Inclusive el derecho de la inviolabilidad del cuerpo es reducido a un derecho de propiedad del propietario sobre su cuerpo. Las cámaras de tortura de los regímenes totalitarios de Seguridad Nacional en América Latina eran un simple resultado de esta concepción de la propiedad y de la supresión del individuo autónomo por la identificación de los derechos humanos y los derechos del mercado. Violar el derecho a la inviolabilidad del cuerpo se transforma en el mismo acto de expropiación que la expropiación de un terreno en nombre de la utilidad pública, cuando se decide poner en este lugar una carretera. Tullock anunciaba este totalitarismo del mercado como un "imperialismo económico" De hecho no se trata de un imperialismo económico, sino de un imperialismo del mercado que desemboca inevitablemente en el imperialismo del mercado total. Pero estos economistas ni siquiera pueden distinguir entre el mercado y la economía. Para ellos el mercado es la economía, como también el mercado es la democracia ^ e inclusive toda esfera de intimidad personal como la familia o la amistad .3. Las burocracias privadas toman el poder en nombre de los derechos humanos
La estrategia de la globalización se impone en forma de fuerzas compulsivas de los hechos. Estas fuerzas compulsivas son el producto de la entrega ciega a la lógica del mercado y de su perfeccionamiento por la eliminación de las distorsiones del mercado. Sin embargo, esta tesis de la compulsividad, con la cual se impone la competitividad como valor superior y la consiguiente eliminación de los derechos humanos en nombre de la eliminación de las distorsiones del mercado, no implica ningún fatalismo. Nuestra pregunta tiene que ser por la posibilidad de lograr dominar tales fuerzas compulsivas, como se desarrollan hoy a partir del mercado totalizado. Nuestra ideología dominante nos indica como única salida el sometimiento indiscriminado e incuestionado bajo esta compulsividad y nos lo presenta como realismo o pragmatismo. Aunque de hecho se trata de la forma quizás más nefasta de un pensamiento idealista. Pero es a la vez la ideología de la dominación burocrática hoy. Los derechos humanos, como fueron formulados en el siglo XVIII, son derechos de colectivos y no tienen nada específicamente humano. Son derechos del propietario que valen de manera indistinta para los colectivos con personalidad jurídica (empresas privadas) como para las personas "naturales” que son reducidas a propietarios. Son derechos del mercado. De hecho, son derechos de colectivos que declaran su independencia del Estado. En este sentido, son derechos que constituyen la economía como sociedad civil. Al ser reasumidos hoy, y al ser considerados como la clave de los derechos humanos en la estrategia de la globalización, son derechos de las grandes burocracias privadas que en el proceso de globalización se han impuesto a las burocracias públicas. Derrotada la burocracia pública, la burocracia privada asumió el poder en nombre de los derechos humanos. Inclusive sostiene que no es burocracia, sino "iniciativa privada" en lucha contra la burocracia. La burocracia pública se transformó en el gran promotor del poder de las burocracias privadas. El proyecto AMI (Acuerdo Multinacional de Inversiones) intenta transformar esta situación de hecho en legalidad constitucional. En esta situación desaparece el estatus fundacional del ciudadano. Sólo la burocracia pública tiene ciudadanos, la burocracia privada tiene clientes. Los tiene en todo el mundo, no obstante, con aquellos que no son clientes no tiene nada que ver. Los clientes se pueden tener mundialmente, sin embargo no hay ciudadanos del mundo. La actual exclusión de la población es el resultado de la imposición de las burocracias privadas sobre la burocracia pública. La ciudadanía pierde su significado. Pero, los derechos humanos del ser humano específico —sus derechos emancipativos — fueron declarados a partir de la ciudadanía. Por tanto, pierden su vigencia. Max Weber vio esta transformación de la empresa privada en burocracia privada. No obstante, desde el punto de vista actual resulta ingenuo frente a este fenómeno. El habla de "las organizaciones capitalistas privadas, organizadas de una manera cada vez más burocrática" Sin embargo, correspondiendo a la situación de su tiempo, ve el peligro en la imposición de la burocracia pública. Acerca de los sometidos a la burocracia pública generalizada dice: Pero sí son, en cambio, menos libres, porque toda lucha por el poder con una burocracia estatal es inútil, y porque no se puede apelar allí a instancia alguna interesada en principio contra ella y su poder, como es posible, en cambio, frente a la economía privada. Esta sería toda la diferencia Una vez eliminado el capitalismo privado, la burocracia estatal dominaría ella sola. Las burocracias privada y pública, que ahora trabajan una al lado de la otra, y, por lo menos posiblemente, una contra otra, manteniéndose pues, hasta cierto punto mutuamente en jaque, se fundirían en una jerarquía única: A la manera por ejemplo, del Egipto antiguo, sólo en forma incomparablemente más racional y, por tanto, menos evitable . Se puede entender que Max Weber haya tenido este temor en su tiempo. Pero se equivocó totalmente. Donde la burocracia pública consiguió imponerse a las burocracias privadas —como ocurrió en el socialismo soviético—, fueron los ciudadanos los que al fin rompieron su poder. Sin embargo, lo que Weber ni siquiera sospechaba nos toca hoy. Se trata de la imposición de las burocracias privadas, que devoran a las burocracias públicas. Con mucho más derecho podemos hoy decir acerca de la burocracia privada, lo que Max Weber decía sobre la burocracia pública, es decir, que desde allí se constituye algo que funciona "a la manera por ejemplo, del Egipto antiguo, sólo en forma incomparablemente más racional y, por tanto, menos evitable". La burocracia pública no era capaz de constituir un poder mundial, la burocracia privada, en cambio , lo ha podido hacer. Weber todavía cree que la competencia controla a la burocracia privada, mientras que el peligro consiste en la burocracia pública. Por esta razón, él puede seguir pensando en términos de derechos humanos identificados con el derecho del propietario. Actualmente no puede haber mucha duda de que es la competencia irrestricta la que lleva al dominio absoluto de la burocracia privada sobre el mundo entero, haciendo pedazos el poder público. Hoy, aquella posibilidad que Weber veía terminó. Los derechos humanos hoy tienen que ser derechos específicos del ser humano, y estos derechos son derechos de un ser natural, corporal. Unicamente derechos humanos en este sentido se pueden enfrentar a la tendencia obvia a la dominación absoluta de la burocracia privada —poderes sin ciudadanos— sobre los seres humanos, una tendencia que nos condena a todos a un viaje del Titanio sin retorno. A partir de esta situación hay que pensar las alternativas. Hoy no es para nada claro cuáles podrían ser. Apenas podemos afirmar que una acción alternativa puede consistir solamente en una acción asociativa. Sólo así puede disolver esas fuerzas compulsivas que resultan precisamente de la supresión de cualquier acción asociativa. Eso implica, por supuesto, la acción solidaria. No obstante, tal acción asociativa en la actualidad desemboca también en dimensiones globales, sin las cuales no puede ser efectiva.4. Una reflexión desde la tradición cristiana
Quiero hacer únicamente algunas reflexiones para acercarnos a una evaluación de estos hechos a partir de las tradiciones cristianas. Creo que hoy hay que recuperar una dimensión de esta tradición que ha estado mucho tiempo marginada. Se trata de la teología de la crítica de la ley, como la elaboran San Pablo y el evangelio de Juan. Ella tiene muchos elementos para sostener un juicio también sobre este proceso de globalización, y los sacrificios de seres humanos que implica en pos de su ley. Todo el proceso de globalización consiste en la imposición ciega de una ley, que esta vez es la ley del mercado. Se trata de una ley que desató la guerra económica, la eliminación de los derechos humanos y su sustitución por la competitividad como valor supremo. Hoy podemos volver a esta convicción temprana en el cristianismo, según la cual pesa una maldición sobre aquellos que buscan su salvación por el cumplimiento de la ley, y de que la ley, tratada como ley de cumplimiento, da frutos de muerte. Allí aparece de nuevo esta convicción de que el verdadero pecado se comete cumpliendo la ley. En la Edad Media de alguna manera se mantuvo esta convicción. Se decía: suprema lex, máxima inius-titia (suprema ley, máxima injusticia) o fiat iustitia, pereat mundus (cúmplase la ley aunque perezca el mundo). La justicia en este contexto no significa sino el cumplimiento de alguna ley. Se trata de la ley que implica el sacrificio del mundo entero. Nuestro sistema se basa más bien en la totalización de la ley, que Max Weber expresa como legitimidad por legalidad. Creo que hoy tenemos que retomar y reformular la teología de la crítica de la ley, de la cual podemos derivar una nueva formulación del sujeto humano, sin la cual ya no puede ser concebida la persona humana. Es un sujeto libre frente a la ley, que en solidaridad enfrenta la ley, en el grado en el cual su fruto es la muerte. Sacrificios humanos, explotación y exclusión se realizan por medio de una sola ley: la ley del mercado Hoy es esta la ley en cuyo nombre se aplasta la subjetividad del ser humano. Sin interpelar esta ley no hay vida humana posible. Inclusive la propia autonomía personal no es posible retenerla ^ sino por medio de esta interpelación del mercado.Franz Hinkelammert Introducción La Declaración de Derechos Humanos Emancipadores Fundamentales La renovación del análisis previo de Pablo sobre el nuevo mundo en 1 Corintios: El Mesías no me envió a bautizar, sino a…
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